Proyecto de Ivannia Rivera garantiza derechos y deberes de trabajadores domésticos

Ivannia Rivera/Fuente externa.

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PUERTO PLATA.-La diputada puertoplateña, Ivannia Rivera, depositó este martes ante la Se Secretaria General Legislativa de la Cámara de Diputados un proyecto de ley que busca regular el trabajo doméstico remunerado.

La legisladora por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) explicó que, además de garantizarle el derecho a las trabajadoras domésticas o trabajadores domésticos, también protege a las familias que contratan dichos servicios.

En el párrafo I del artículo III del referido proyecto “no es trabajo doméstico el realizado al servicio del consorcio de propietarios de un condominio”.

Asimismo, en el artículo II establece que no se considera trabajado doméstico remunerado aquel que realice una persona cuando se trate de servicios de cuidado y tareas en el hogar únicamente de forma ocasional o esporádica

Mientras que, el artículo III indica que “no es trabajo doméstico remunerado el cuidado de personas del hogar, como niños(as), personas adultas mayores o personas con discapacidad funcional, cuando se trate de tareas paramédicas especializadas de aseo, limpieza o cuidado realizado por profesionales de la salud o de la educación, tales como enfermera o enfermero, terapeuta, entre otros”.

El proyecto de la diputada Rivera sostiene que el contrato de trabajo o servicio doméstico es aquel por el cual una persona se obliga, mediante una retribución, a prestar servicios de cuidado y tareas en el hogar a otra, bajo la dependencia y dirección inmediata o delegada de esta.

“El contrato de trabajo o servicio doméstico puede ser escrito o verbal; no obstante, la persona empleadora debe ocuparse de informar a la persona contratada de todas las condiciones del contrato, así como de que el mismo sea asentado por escrito por ante el Ministerio de Trabajo en un registro creado a esos fines, dentro de los primeros ocho (8) días iniciadas las labores”, establece.

De igual forma, especifica que para realizar el trabajo doméstico se podrá admitir personas adolescentes a partir de los 15 años, pero para su contratación debe contar con un permiso escrito por su padre o madre o quien tenga la guarda; además que empleador deberá garantizar que las labores no lo privan de acceder a la enseñanza superior o formación profesional.

También garantiza a los trabajadores domésticos o trabajadoras domésticas que la jornada de trabajo no será más de ocho horas al día y 44 horas a la semana, descanso semanal no inferior a 36 horas continuas, pagarle los días no laborables, vacaciones anuales.

Además, el proyecto de la autoría de la diputada Ivannia Rivera establece que “las personas empleadoras del trabajo doméstico remunerado estarán obligadas a garantizar la seguridad social de las personas trabajadoras, y a inscribirlas en el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes al inicio de sus labores”.

Prohíbe que, la persona empleadora termine el contrato de trabajo durante el proceso de embarazo y hasta tres meses después del parto, ni exigirle a realizar trabajos forzosos. “En caso de que el trabajo sea incompatible con el estado de embarazo, la trabajadora tiene derecho a una licencia sin disfrute de salario”.

Establece que “la inasistencia de la persona trabajadora doméstica a sus labores durante tres (3) días consecutivos o tres (3) días en un mismo mes, sin permiso previo de la persona empleadora, o sin notificar la causa justa que tuvo para ello, da lugar a la terminación del contrato de trabajo doméstico”.

El proyecto sometido por la diputada Ivannia Rivera deja claro sobre otros derecho de las personas que realicen trabajos domésticos, pero también los deberes a cumplir.

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