Conozca las decisiones tomadas por el PLD en su Congreso

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PUERTO PLATA.-El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) aprobó la modificación de varios puntos de sus estatutos, dentro de los que se destacan que el Presidente, Vicepresidente y Secretario General de esa organización política no podrán ocupar posiciones en el Gobierno ni apirar a cargos electivos.

Se aprobó reducir de 10 a 5 años de militancia partidaria como uno de los requisitos para ser miembro del Comité Central, lo que dará más oportunidades a los jóvenes de acceder a ese organismo.

Igualmente se decidió que las y los titulares de las Secretarías del Partido serán electos por 4 años, no pudiendo permanecer más de 2 períodos. Esto garantiza la alternabilidad en los niveles de dirección partidaria.

Otro aspecto importante es la aprobación de que los Comités Intermedios con más de 30 Comités de Base deben multiplicarse. También se decidió que las y los Presidentes de Comités Intermedios que sean elegidos como miembros del Comité Central, deberán renunciar a la dirección del mismo, para dar oportunidad a que otros compañeros y compañeras puedan asumir esa función.

Los Comités Intermedios se organizarán por recintos electorales y se crean los Comités Intermedios Sectoriales y Temáticos. Con estas decisiones el Partido estará diversificando las opciones en las que los ciudadanos y ciudadanas puedan organizarse en el PLD.

Asimismo, quedó aprobado que la o el Presidente, las o los Vicepresidentes y la o el Secretario General no podrán ocupar funciones en el Estado dominicano ni ser candidatos a cargos electivos y en caso que decidan aspirar a un cargo electivo, deberán renunciar a las funciones partidarias que desempeñan previo a comunicar sus aspiraciones.

Con el propósito de continuar con la cualificación de la militancia partidaria, se aprobó crear el Centro de Formación Política y Gestión de Gobierno, como un órgano de estudios y formación en asuntos políticos, electorales y de gestión pública. Se decidió la creación de una Comisión de Justicia Electoral para que en los procesos de elecciones internas del Partido, esta instancia conozca y decida sobre las diferencias que se deriven de las impugnaciones a las decisiones de la Comisión Nacional Electoral; asegurando la unidad, la imparcialidad y la transparencia del proceso.

El Comité Central es la dirección e instancia superior del Partido después del Congreso y estará integrado por no menos de 955 miembros, quienes permanecerán en sus funciones por un período de cuatro (4) años.

También se aprobó el siguiente párrafo de forma transitoria: PARRAFO (transitorio): Para el período 2021-2025, el Comité Central estará conformado por los 460 miembros actuales del Comité Central, los Legisladores, los Alcaldes y Directores Municipales elegidos en las elecciones del 2020 que sean miembros del Partido; los propuestos por el Comité Político y 300 miembros a ser elegidos en el nivel local, nacional y del exterior, conforme a los criterios que se establezcan en el instructivo aprobado para este propósito.

También se aprobó que serán miembros del Comité Central, los Presidentes Provinciales y Municipales de la organización. Esta decisión hará del Comité Central un organismo más amplio, más horizontal y más representativo de todas las demarcaciones territoriales del país y de las seccionales del exterior.

El IX Congreso aprobó que el Comité Central puede apelar a la figura del Plebiscito como un mecanismo de toma de decisiones extraordinarias en aspectos que corresponden al Congreso Ordinario y que por razones tácticas y por el bien del Partido, no puedan esperar a la nueva convocatoria. El Plebiscito será convocado por el Comité Central, a propuesta del Comité Político, y participará el Pleno de Dirigentes o el universo de los miembros del Partido según la materia de la que se trate.

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